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Caso Banco Popular: una nueva sentencia anula compra de acciones desde el año 2009 hasta 2016

Continúan los procedimientos judiciales de condena a la entidad

La importancia de esta sentencia, dictada por  un Juzgado de Valladolid, radica en que declara la nulidad de varias compras de acciones formalizadas en fechas sucesivas desde diciembre de 2009 hasta la ampliación de capital de la entidad en el año 2016,  por un importe superior a los 40.000 euros.

Sentencia novedosa

Hasta el momento la mayoría de resoluciones decretaban la nulidad de la suscripción de acciones en la ampliación de capital de 2016, por no reunir el folleto informativo información veraz de la entidad.  Sin embargo, esta novedosa sentencia amplia la nulidad a compras muy anteriores (desde el año 2009), condenando al banco a devolver el dinero invertido, incrementado con sus correspondientes intereses.

 Banco Popular ocultó su verdadera situación financiera

La sentencia fundamenta la condena al banco en que, al menos desde 2008, Banco Popular ocultó su verdadera situación financiera y de solvencia de forma que, al ofrecer una imagen errónea sobre sus cuentas, impidió a los afectados vender las acciones y aminorar el perjuicio causado hasta la liquidación a «0» operada por la resolución de la JUR en junio de 2017.

Se considera, por tanto, que en la contratación de acciones, los clientes de la entidad fueron inducidos a error, lo cual determina su nulidad y la obligación del banco de devolver el dinero invertido.

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Miguel Planas

Abogado

 

 

 

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