Claves para redactar correctamente este tipo de acuerdo
El contrato de arras penitenciales, es un tipo de contrato privado en el que las partes pactan la compraventa de un bien, entregando como prueba de ello una cantidad de dinero en concepto de señal.
Se encuentra regulado en el art. 1454 de nuestro Código Civil: “si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compraventa, podrá rescindirse amañándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas”.
Sus efectos son diferentes en función de que sea el vendedor o el comprador el que incumpla lo pactado:
- Si el vendedor se niega a firmar la compraventa en el plazo pactado, la parte compradora (la que entregó la señal) podrá reclamarle el doble de la cantidad entregada.
- Si, por el contrario, es el comprador el que se niega a la firma, perderá la cantidad entregada.
Las arras penitenciales son habituales en los contratos de compraventa de bienes inmuebles
Resulta muy frecuente este tipo de acuerdos en las compras de bienes de alto valor como bienes inmuebles que, para reservarlos, se entrega a la parte vendedora una cantidad de dinero en concepto de reserva.
Requisitos que debe de cumplir el acuerdo de arras penitenciales para su validez
Para que el acuerdo de arras despliegue plenos efectos jurídicos y sea válido deben cumplirse los siguientes requisitos, como así tiene establecido el Tribunal Supremo:
- No es suficiente un simple documento en el que se reciba una señal haciendo referencia al artículo 1454 del Código Civil.
- La redacción respecto a la inclusión de contrato de arras debe ser clara
- La simple mención a la existencia de “arras” las convierte en cantidad que se entrega como mera garantía o prueba de la operación y como parte del precio, pero no le da el efecto de la penalización para el caso de incumplimiento.
- Para que opere el contrato de arras penitenciales es necesario acreditar que la intención de los contratantes, es la de aplicar la devolución por su parte del doble de la cantidad entregada.
Como conclusión diremos que, pese a ser un acuerdo sencillo, requiere de una correcta redacción, para lo cual se aconseja la intervención de un abogado.
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