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Las Comunidades Autónomas podrán decidir que Hoteles quedan abiertos para uso sanitario

FAQS ERTE

Como conocéis la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, declaró la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico. Concretamente, el artículo primero de dicha Orden ministerial establece la suspensión de apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.

Por otro lado, la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, dispone que las autoridades sanitarias competentes de las comunidades autónomas podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización.

Ahora el Ministerio de Sanidad estableció criterios interpretativos de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, indicando que esta suspensión en ningún caso impide que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas puedan habilitar espacios para uso sanitario en los establecimientos de alojamiento turísticos cuya apertura al público fue suspendida y que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización.

Esto permitirá que estos locales, situados en las cercanías de los centros hospitalarios, puedan ser utilizados para uso sanitario.

José Antonio Fernández de Alarcón Roca

Abogado

mon-lex@mon-lex.com

 

 

 

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