Monlex Logo Blue

Obligaciones fiscales en Mexico: declaración informativa local, maestra y país por país

Derivado de las acciones internacionales propuestas por la OCDE para evitar la Erosión de la Base Grabable (BEPS por sus siglas en ingles) de Grupos Multinacionales en los diferentes regímenes fiscales a nivel global, por operaciones entre Partes Relacionadas, México ha sido unos de los principales impulsores y promotores de estas acciones. Tan es así, que a partir del ejercicio 2016, adopta estas medidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que se refiere a Documentación en materia de Precios de Transferencia. Esta medida se traduce en la obligación, para ciertos contribuyentes, de presentar tres tipos de declaraciones informativas: la Declaración Informativa Local, Declaración Informativa Maestra y Declaración Informativa País por País.

Están obligados a presentarlas:

  1. Personas Jurídicas, con ingresos equivalentes o superiores a $708,898,920.00.
  2. Sociedades Mercantiles, que pertenecen al régimen fiscal opcional.Las Entidades Paraestatales, de la administración pública federal.
  3. Residentes en el extranjero, que tengan Establecimiento Permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen dichos establecimientos.

DECLARACIÓN LOCAL:

Esta declaración solicita información referente a que los valores conferidos en las operaciones entre partes relacionadas se encuentran a valores de mercado. En resumen, esta declaración es el envío del Estudio de Precios de Transferencia, con toda la documentación comprobatoria soporte y todo el análisis técnico que lo integra.

DECLARACIÓN MAESTRA:

Esta declaración solicita información exhaustiva acerca de las actividades económicas, del contribuyente, a escala mundial y de sus políticas generales en materia de Precios de Transferencia.

Está estructurada de la siguiente forma:

Estructura organizacional legal de cada una de las unidades de negocio.

  1. Descripción general de la actividad de negocio del grupo.
  2. Intangibles del grupo.
  3. Información relacionada con actividades financieras del grupo.
  4. Posición financiera y fiscal del grupo.

DECLARACIÓN PAÍS POR PAÍS:

Esta declaración solicita información indicando el nivel de ingresos, los beneficios antes de los impuestos y la cuantía del impuesto sobre sociedades satisfecho y devengado en cada una de las jurisdicciones fiscales en que desarrollan sus actividades.

Además del número total de trabajadores, el capital declarado, beneficios no distribuidos y activos tangibles en cada jurisdicción fiscal. Está estructurada de la siguiente forma:

  1. Ingresos totales del grupo desglosando los obtenidos con partes relacionadas y con terceros.
  2. Utilidades o pérdidas contables antes del ISR del ejercicio fiscal declarado.
  3. ISR efectivamente pagado.
  4. Valor de ISR devengado.
  5. Utilidades o pérdidas acumuladas de ejercicios fiscales anteriores.
  6. Importe de capital social o patrimonio suscrito y pagado.
  7. Número de empleados del ejercicio fiscal declarado.
  8. Activos materiales.
  9. Lista de razones o denominaciones sociales de las personas jurídicas, residentes en cada jurisdicción fiscal.

Este reporte, se presenta siempre y cuando el contribuyente sea una persona jurídica considerada como controladora del grupo multinacional además de haber generado ingresos equivalentes o superiores a 2 mil millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior.

REGLAS ESPECIALES:

Se podrán presentar la informativa maestra elaborada por una entidad extranjera que forme parte del mismo grupo, si el contribuyente obligado lo presenta en español o inglés por medio de la herramienta del SAT. uando las fechas término del ejercicio fiscal de la entidad extranjera que elaboró la Declaración Informativa Maestra o País por País no coincidan con el año calendario, él se podrá apegar posteriormente a los plazos especiales establecidos. La información correspondiente a la Declaración Informativa País por País se podrá presentar en una moneda distinta a la nacional.Podrán presentar de manera conjunta una sola Declaración Anual Informativa, tanto maestra como país por país.

Están obligados a presentar información de 2017, a más tardar el 31 de diciembre de 2018.

Internacional Desk MONLEX

international.desk@monlexabogados.es

 

Compartir este artículo
Palabras relacionadas

¿Todavía tiene preguntas?

Reciba asesoramiento personalizado de nuestros expertos en MONLEX.